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El instrumento de política ambiental con mayor definición jurídica para la conservación de la biodiversidad son las Áreas Naturales Protegidas. Éstas son porciones terrestres o acuáticas del territorio nacional representativas de los diversos ecosistemas, en donde el ambiente original no ha sido esencialmente alterado y que producen beneficios ecológicos cada vez más reconocidos y valorados. Se crean mediante un decreto presidencial y las actividades que pueden llevarse a cabo en ellas se establecen de acuerdo con la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente. (CONANP, 2010)
La Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas administra actualmente 173 áreas naturales de carácter federal que representan más de 24,406,886 de hectáreas. Estas áreas se clasifican en las siguientes categorías como se muestra en el siguiente cuadro:
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Las primeras disposiciones para la conservación de los bosques y de las áreas naturales para el estado de San Luis Potosí se emitieron en la década de los 20. el 5 de abril de 1926 se publicó una nueva Ley Forestal, gracias a la cual el presidente Lázaro Cárdenas pudo emitir dos decretos a favor de la conservación de los bosques potosinos. Si bien tuvieron que pasar cuarenta y cinco años antes de la promulgación del siguiente decreto dirigido a la protección del patrimonio natural del estado, a partir de la década de 1990 el interés de las autoridades federales y estatales por su conservación se ha materializado en varias declaratorias. (Monroy Castilllo y Carregha Lamadrid, 2006)
LAS ANP DE SLP SON:
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